Términos y Condiciones
Términos y Condiciones de kontora
Versión 5 — 23 de agosto de 2026
Estos Términos y Condiciones (los «Términos») regulan el acceso y el uso de kontora, la aplicación web de contabilidad y facturación accesible en app.kontora.es, así como de los servicios asociados descritos más abajo. Al marcar las casillas de aceptación en el alta, el usuario declara haber leído y aceptado estos Términos y el contrato de encargo del tratamiento (DPA), que forman un único contrato entre las partes, y declara haber leído la Política de Privacidad, que tiene carácter informativo (artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679) y no constituye una declaración de voluntad contractual. Al servicio del Anexo II le resulta además aplicable, cuando el contratante sea consumidor, un cuarto documento versionado: la Solicitud de ejecución inmediata y renuncia al derecho de desistimiento (cláusula 7.4).
Estos Términos son condiciones generales de la contratación en el sentido de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (BOE-A-1998-8789). Se ponen a disposición del usuario de forma completa, gratuita y permanente antes de contratar, en una página accesible sin necesidad de cuenta, con los requisitos de incorporación que esa misma ley establece.
1. Identificación del prestador y objeto del contrato
En cumplimiento del artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI-CE), se informa de los siguientes datos del prestador:
- Denominación social: VG Capital, S.L.U.
- NIF: B93863066. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, Sección 8, Hoja A-207556, Inscripción 1.ª, Año 2026, IRUS 1000477988911.
- Domicilio: Calle La Sagra s/n, Res. Los Huertos 1, 9 · 03185 Torrevieja (Alicante), España.
- Representación: su Administrador único, Valery Grinkevich Grinkevich.
- Correo electrónico de contacto: info@kontora.es.
- Marca y dominios: «kontora» (app.kontora.es · kontora.es).
La prestación del servicio de software descrito en estos Términos no está sujeta a autorización administrativa previa ni a colegiación profesional obligatoria. Los servicios accesorios de presentación telemática ante la AEAT (cláusula 10.3) y la generación y, en su caso, remisión de registros de facturación (cláusulas 10.1 y 10.2) quedan condicionados a los requisitos administrativos que la Agencia Estatal de Administración Tributaria exija en cada caso, y solo se prestan cuando esos requisitos concurren.
Subrogación tras la inscripción. kontora se presta por VG Capital, S.L.U., inscrita en el Registro Mercantil de Alicante con fecha 10 de agosto de 2026 (datos registrales en el apartado de identificación). Conforme a los artículos 36 a 38 de la Ley de Sociedades de Capital, la sociedad, una vez inscrita, ha asumido los actos y contratos celebrados en su nombre durante la fase de constitución —incluidos estos Términos—, sin alteración de sus condiciones ni necesidad de nueva aceptación por el usuario.
Objeto. Por el presente contrato el prestador concede al usuario un derecho de acceso y uso, no exclusivo, intransferible y limitado a la vigencia de la suscripción, a la aplicación kontora, en la modalidad de software como servicio (SaaS), junto con los servicios accesorios que en cada caso se contraten. El usuario no adquiere ningún derecho sobre el software, que se presta alojado y operado por el prestador.
2. Naturaleza del servicio: kontora es software, no asesoría fiscal
2.1. kontora es una herramienta informática. kontora es un programa de ordenador que registra, calcula y presenta información contable y fiscal a partir de los datos que introduce el usuario o que este importa desde terceros. kontora no presta servicios de asesoramiento fiscal, contable, jurídico ni económico, no es una asesoría, gestoría ni despacho profesional, y no ejerce ninguna profesión regulada ni colegiada. Ningún contenido de la aplicación (cálculos, avisos, textos de ayuda, resúmenes normativos o enlaces al BOE) constituye asesoramiento profesional ni sustituye al criterio de un asesor fiscal, un economista o un abogado.
2.2. La responsabilidad tributaria sigue siendo del usuario. El obligado tributario ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria y ante cualquier otra Administración es el usuario (o la empresa que este administra), nunca kontora. Corresponde al usuario revisar los cálculos y las declaraciones antes de presentarlos, presentar en plazo, conservar la documentación y responder de la veracidad y exactitud de lo declarado. El uso de kontora no traslada al prestador ninguna obligación tributaria, contable ni registral del usuario.
2.3. kontora no verifica de forma independiente los datos de entrada. Los cálculos de kontora son tan buenos como los datos con los que se alimentan. El prestador no comprueba de forma independiente la veracidad, exactitud ni vigencia de la información que el usuario introduce o importa (facturas, gastos, extractos bancarios, referencias y valores catastrales, porcentajes de revisión municipal, tipos impositivos que vengan en los pedidos de terceros, datos de clientes y proveedores, etc.). Cuando kontora detecta que un dato procede de una fuente no verificada, lo advierte en pantalla; si el usuario corrige el dato, kontora recalcula.
2.4. Alcance declarado y limitaciones vigentes del producto. El usuario reconoce conocer y aceptar, en la versión actual del servicio, las siguientes limitaciones, que se muestran además en la propia aplicación en el momento de usar cada función:
- Modelo 210 (IRNR): servicio de autoservicio. kontora calcula el modelo y entrega los datos listos para copiar en el formulario de la Sede Electrónica de la AEAT, casilla por casilla, con las instrucciones de pago. Hoy kontora no presenta el Modelo 210 en nombre del usuario ante la AEAT, y por tanto no se obtiene código seguro de verificación (CSV) por esta vía: el justificante lo obtiene el propio usuario al presentar en la Sede. Condiciones completas en el Anexo II.
- Modelo 369 / ventanilla única (OSS): borrador informativo. kontora reúne los totales por país de destino y tipo para que el usuario rellene el modelo 369 en la Sede de la AEAT. La presentación telemática del 369 y la determinación de los tipos de IVA de cada país no forman parte del servicio: el tipo que kontora muestra es el que traía cada pedido.
- Facturación por destinatario de marketplaces (p. ej. Amazon VCS). Cuando el marketplace emite las facturas en nombre del usuario, su IVA se integra en los modelos y libros de kontora, pero la transmisión de esos registros a Verifactu está pendiente de criterio de la Dirección General de Tributos (consulta vinculante presentada): kontora no los transmite a la AEAT hasta que la DGT se pronuncie. La emisión de la factura por el destinatario está prevista en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (Real Decreto 1619/2012).
- Nóminas y personal por cuenta ajena: fuera de alcance. kontora no calcula ni gestiona nóminas, contratos de trabajo, altas y bajas en la Seguridad Social ni ningún otro trámite laboral de personal por cuenta ajena; para eso el usuario necesita un software de nóminas o una gestoría laboral aparte. Si el usuario marca la casilla de retenedor en el alta censal 036 porque va a pagar nóminas, kontora se limita a recoger esos datos para que TÚ presentes los modelos 111 y 190.
- Obligaciones mercantiles y registrales que kontora NO realiza. kontora prepara y calcula las cuentas anuales, los libros societarios y los borradores de actas, pero no legaliza los libros en el Registro Mercantil, no deposita las cuentas anuales y no genera la documentación específica de operaciones vinculadas del artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Esos tres trámites los presenta el usuario —o su asesor— ante el Registro Mercantil y la AEAT con sus propios medios, y kontora no obtiene por ellos ningún justificante ni acuse de recibo. La retribución del administrador sí se registra y se declara como cualquier otra retención de IRPF (modelos 111 y 190), pero su encaje concreto —tipo aplicable y subclave— debe ratificarlo un asesor fiscal: kontora lo calcula, no lo certifica.
- Buzón con reconocimiento automático de documentos. El buzón de documentos con reconocimiento automático (extracción de los datos de las facturas y justificantes que el usuario sube) está construido y disponible y forma parte de la prestación de los planes que lo incluyen, con la cuota mensual de documentos de cada plan que indica el Anexo I; el reconocimiento lo realiza el subencargado indicado en la cláusula 12.3 y en la Política de privacidad, y el resultado lo revisa el usuario antes de contabilizar nada. Los packs adicionales de documentos no están a la venta todavía: su precio está pendiente de publicación y, cuando se publique, figurará en el Anexo I y en la pantalla de contratación antes de que pueda comprarse.
- Funciones previstas y todavía no disponibles. La conexión bancaria automática por PSD2 y la analítica avanzada de comercio electrónico figuran en el catálogo de planes como previstos y sin fecha comprometida (T1-2027; la analítica avanzada, en los planes «Empresa Plus» y «Empresa Premium»): no están construidos hoy, no forman parte de la prestación contratada y no se han tenido en cuenta para fijar el precio de esos planes. El módulo de comercio electrónico (canales de venta, facturación por lote diario, liquidaciones de marketplace) sí está construido y disponible desde el 5 de agosto de 2026 para toda empresa dada de alta, con independencia del plan contratado; lo que sigue sin construir ni fecha comprometida es su analítica avanzada (contador del umbral OSS y los informes específicos). El perfil «Comercio» de la parrilla es un asunto distinto: no tiene hoy precio ni camino de compra —solo registro de interés— (cláusula 4.7). Las cuotas y límites de PSD2 y de la analítica avanzada son una previsión. Esta cláusula no priva al usuario de los derechos que la normativa de consumo le reconoce sobre el contenido de la oferta, la promoción y la publicidad del servicio: si el prestador llegara a anunciar alguna de esas funciones como incluida o con una fecha determinada, ese contenido le sería exigible conforme al artículo 61 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
- No existe asistente de inteligencia artificial fiscal. kontora no ofrece hoy ninguna función de asesoramiento automatizado ni decisiones automatizadas con efectos jurídicos sobre el usuario.
3. Alta, beta cerrada, elegibilidad y ámbito territorial
3.1. Beta cerrada y gratuita. En la fecha de esta versión kontora se presta en beta cerrada, por invitación y sin coste: el alta requiere un código de invitación y no hay cobro alguno. Todas las funciones descritas como disponibles operan sin restricción durante la beta. El prestador avisará al usuario antes de cualquier cargo y antes de cerrar el periodo de beta. Los precios que la aplicación muestra durante la beta son informativos y anticipan los que se aplicarán al salir de ella.
3.2. Alta y cuenta. Para usar kontora es necesario crear una cuenta asociada a una dirección de correo electrónico válida. El acceso se realiza mediante enlace de un solo uso enviado por correo (sin contraseña) y, según el rol, con un segundo factor de autenticación. En el alta el usuario debe aceptar los tres documentos legales (estos Términos, la Política de Privacidad y el DPA); la aceptación queda anotada en un registro de solo adición (append-only), sin garantía adicional de inmutabilidad en base de datos, con indicación del documento, la versión aceptada, la fecha y el usuario.
3.3. Capacidad. El servicio se dirige exclusivamente a personas físicas mayores de edad con capacidad para contratar y a personas jurídicas representadas por quien tenga poder bastante. Quien da de alta una empresa declara estar facultado para vincularla.
3.4. Elegibilidad por régimen. El plan contratable depende del régimen de la empresa dada de alta: una sociedad (régimen de sociedad, plan general contable) solo puede contratar los planes del segmento Empresa (Start, Plus o Premium); un empresario o profesional persona física en estimación directa puede contratar cualquier plan de la parrilla. Esta regla se aplica en el servidor: un intento de contratación no elegible se rechaza.
3.5. Situaciones fiscales no cubiertas en esta versión. kontora no admite todavía el alta de empresas en las siguientes situaciones, y así lo advierte en el propio formulario de alta:
- Domicilio fiscal en territorio foral (País Vasco o Navarra): las Haciendas forales tienen modelos y calendario propios distintos de los de la AEAT.
- Domicilio fiscal en Canarias (IGIC en lugar de IVA).
- Domicilio fiscal en Ceuta o Melilla (IPSI en lugar de IVA).
- Tributación en estimación objetiva (módulos): kontora trabaja en estimación directa.
- Inclusión en el Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA.
- Aplicación del régimen especial de bienes usados (REBU), del criterio de caja del IVA o de prorrata de IVA.
Varios epígrafes del IAE o actividades económicas simultáneas. A diferencia de las situaciones anteriores, esta SÍ admite el alta: kontora registra y calcula UNA sola actividad económica por autónomo (F3.D8). Si el usuario tiene o va a tener más de un epígrafe, o actividades simultáneas, todavía no cubrimos esas actividades adicionales; la limitación se declara en la guía de alta censal (036) de la propia aplicación, no en el formulario de alta.
Esta lista puede ampliarse o reducirse conforme evolucione el producto; la versión vigente es la que muestra la aplicación en el momento del alta.
3.6. Ámbito del cobro de la suscripción. En esta versión el prestador solo puede facturar la suscripción a kontora a clientes con domicilio de facturación en España, aplicando el tipo general de IVA español del 21 %. La contratación de la suscripción con domicilio de facturación fuera de España no está habilitada y no se promete para ninguna fecha. Esta limitación no se aplica al servicio del Anexo II (Modelo 210 · IRNR), que por su propia naturaleza se contrata por contribuyentes no residentes y se rige por lo previsto en dicho Anexo.
3.7. Beta y disponibilidad. Durante la beta el servicio se presta «tal cual», sin compromiso de disponibilidad ni de permanencia de funciones concretas, y el prestador puede modificarlo o suspenderlo con un preaviso mínimo de quince (15) días naturales, salvo incidencia de seguridad o causa legal, que permiten la actuación inmediata con comunicación posterior. Los datos del usuario y su derecho a exportarlos (cláusula 6) se mantienen en todo caso.
3.8. Procedimiento de contratación electrónica. En cumplimiento de los artículos 27 y 28 de la LSSI-CE se informa de lo siguiente:
- Trámites para celebrar el contrato. (1) el usuario crea su cuenta y accede mediante enlace de un solo uso; (2) consulta los documentos legales enlazados y marca las casillas de aceptación; (3) cuando el servicio sea de pago, selecciona el plan o el servicio, revisa en la pantalla de contratación el detalle y el importe total y confirma el pago. El contrato se entiende celebrado en el momento de esa confirmación.
- Archivo del documento electrónico. El prestador archiva el contrato celebrado —el texto aceptado, su versión, la fecha y el usuario— y el usuario puede acceder a él desde su cuenta y en la confirmación remitida conforme a la cláusula 14.4.
- Corrección de errores. Antes de confirmar, la aplicación muestra un resumen de los datos introducidos y permite volver atrás y modificarlos. Los datos de la cuenta y de facturación pueden corregirse en cualquier momento desde la configuración.
- Lengua. El contrato puede formalizarse en español, inglés o ruso; la versión española es la única vinculante (cláusula 15).
- Acuse de recibo. El prestador confirmará la aceptación recibida mediante acuse de recibo por correo electrónico dentro de las veinticuatro horas siguientes.
4. Planes, precios y facturación
4.1. Precio vigente. El precio aplicable es siempre el que figure en la página pública de precios y en la pantalla de contratación (checkout) en el momento de contratar, que es el que el usuario confirma antes de pagar. El Anexo I de estos Términos recoge el catálogo de planes y precios a la fecha de esta versión, a efectos informativos; si hubiera discrepancia entre el Anexo I y el precio confirmado en el checkout, prevalece este último.
4.2. Impuestos y precio total. Los precios del Anexo I se expresan sin IVA; al importe se le añade el IVA español aplicable (21 % en la fecha de esta versión). Frente a quien contrate como consumidor, la aplicación muestra siempre, antes del pago y de forma destacada, el precio total con impuestos incluidos, tal como exigen el artículo 60.2.c) del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y el artículo 10.1.f) de la LSSI-CE; el importe que el usuario confirma en la pantalla de contratación es el total que se le cobrará. Los precios son únicos y no varían según el idioma en que el usuario navegue.
4.3. Periodicidad. Los planes se contratan por meses o por años. El precio anual equivale a diez mensualidades (dos meses sin coste). La suscripción se factura por adelantado al inicio de cada periodo y se renueva automáticamente por periodos iguales mientras el usuario no la cancele conforme a la cláusula 6.
4.4. Precio por empresa y descuento multiempresa. El precio corresponde a cada empresa dada de alta. La segunda empresa y siguientes del mismo plan tienen un 20 % de descuento sobre el precio de lista de ese plan. Al retirar una empresa de la suscripción no hay devolución proporcional del periodo ya facturado; la empresa retirada pasa a modo de solo lectura gratuito o, si el usuario lo prefiere, al complemento de pausa.
4.5. Condiciones de entrada al salir de la beta. Al abrirse el servicio de pago, el alta requiere un medio de pago válido (tarjeta) desde el primer mes y se aplica un descuento del 70 % durante los dos primeros meses (el usuario paga el 30 % del precio de lista), pasando al precio pleno desde el tercer mes.
4.6. Garantía de precio para usuarios tempranos. Los usuarios que se den de alta en el periodo que el prestador designe como de acceso temprano conservan el precio de su plan durante 12 meses desde el alta, sin descuento adicional. Transcurrido ese plazo se aplica el precio vigente.
4.7. Planes solo de registro de interés. Los perfiles Comercio y Asesoría no son contratables: no tienen precio ni camino de compra y únicamente permiten dejar un registro de interés para ser avisado si llegan a comercializarse. Nada de lo que se muestre sobre ellos constituye oferta.
4.8. Medio de pago. Los cobros se tramitan a través de un proveedor de pagos externo (Stripe). El prestador no almacena los datos completos de la tarjeta. El usuario debe mantener un medio de pago válido mientras la suscripción esté activa.
4.9. Cambios de precio. El prestador podrá modificar los precios de los planes. Toda subida se comunicará al usuario con una antelación mínima de treinta (30) días naturales y solo surtirá efecto a partir del siguiente periodo de renovación, pudiendo el usuario cancelar antes de que se aplique sin penalización.
4.10. Facturación. El prestador emite factura electrónica por cada cobro y la pone a disposición del usuario en su cuenta y por correo electrónico.
5. Impago y suspensión
5.1. Reintentos y avisos. Si un cobro es rechazado, el proveedor de pagos reintenta el cargo y kontora avisa al usuario por correo electrónico el mismo día del impago, a los 7 días y a los 14 días, indicando cómo actualizar el medio de pago.
5.2. Suspensión. Si transcurridos 21 días naturales desde el primer impago la deuda sigue sin regularizarse, la cuenta pasa a modo de solo lectura: se bloquea la escritura (registrar o modificar facturas, gastos, asientos o declaraciones) y se mantienen íntegras la consulta y la exportación de todos los datos.
5.3. Nunca se borran datos por impago. El impago jamás da lugar a la eliminación de los datos del usuario. La suspensión es reversible: al regularizar el pago se restablece el acceso completo de forma inmediata.
5.4. Reclamación de la deuda. La suspensión no extingue la deuda vencida ni impide su reclamación por los cauces ordinarios.
6. Baja, exportación de datos y conservación
6.1. Baja. El usuario puede darse de baja en cualquier momento desde su propia cuenta, sin justificación y sin penalización. La baja surte efecto al final del periodo ya pagado: hasta esa fecha el usuario conserva el acceso completo. No se devuelve el importe del periodo en curso, con dos únicas excepciones, tasadas, en las que el usuario tiene derecho al reembolso de la parte proporcional del periodo ya prepagado y no consumido:
- (i) Rechazo de un cambio material de estos Términos o del DPA, en los términos de la cláusula 14.3.
- (ii) Oposición fundada a un subencargado del tratamiento cuando no exista alternativa razonable, en los términos del apartado 7.2 del DPA.
6.2. «Te llevas todo». El usuario puede descargar en cualquier momento un archivo ZIP por cada empresa dada de alta, con todo lo que haya registrado en kontora: libros de IVA, libro diario y sumas y saldos, facturas emitidas y sus PDF, gastos, maestros de clientes y proveedores, plan de cuentas, inventario de inmovilizado, documentos adjuntos y las presentaciones realizadas, en formatos de uso común y lectura mecánica. Por tratarse de una extracción íntegra de datos, la descarga exige una verificación reforzada de identidad (step-up), con ventana de 10 minutos (cláusula 9.3). Esta exportación está disponible siempre mientras la cuenta exista, también con la cuenta suspendida por impago o en pausa, y, tras la baja efectiva, durante la ventana de gracia prevista en la cláusula 6.3.
6.3. Qué ocurre tras la baja. Darse de baja es gratuito y no implica la destrucción inmediata de los datos. Tras la baja se aplican, de forma sucesiva y diferenciada:
- (a) Ventana de gracia y de exportación. Durante noventa (90) días naturales desde la fecha de efectos de la baja, el usuario conserva el acceso de solo lectura necesario para descargar el archivo ZIP de la cláusula 6.2. El prestador avisa por correo antes de que la ventana expire. Este plazo es el mismo que la ventana de exportación y que el plazo de gracia del DPA (apartados 10.1 y 10.2) y que el de la Política de Privacidad.
- (b) Agotada la ventana. Se suprime todo lo que no esté sujeto a una obligación legal de conservación y se bloquea, en el sentido del art. 32 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), únicamente lo que la ley exige conservar: reservado exclusivamente a disposición de jueces, tribunales, Ministerio Fiscal y Administraciones competentes, sin acceso ordinario de nadie —tampoco del usuario, salvo el ejercicio de sus derechos—, durante los plazos de prescripción aplicables y, en particular, durante el mayor de: cuatro años (prescripción tributaria, art. 66 de la Ley 58/2003, General Tributaria) y seis años (conservación de libros y documentación mercantil, art. 30 del Código de Comercio). Esta regla se aplica tanto a los datos de los que el prestador es responsable (cláusula 12.2, primer inciso) como, en lo que proceda, a los datos personales de terceros del usuario.
- (c) Datos personales de terceros del usuario, respecto de los que el prestador es encargado del tratamiento (cláusula 12.2, segundo inciso). Al terminar la prestación se devuelven o se suprimen conforme al DPA y al art. 28.3.g) del RGPD —la devolución se satisface con la exportación de la cláusula 6.2—, salvo que una norma de la Unión o española obligue al prestador a conservarlos, en cuyo caso se conservan bloqueados en los términos de la letra (b). La obligación de conservación fiscal y mercantil de la contabilidad del usuario frente a la Administración es del propio usuario, que la satisface con esa misma exportación.
- (d) Datos de los contribuyentes del Modelo 210 (IRNR), de los que el prestador es responsable (cláusula 12.2, primer inciso). Se conservan mientras esté activa la cuenta que los gestiona y, en todo caso, durante el plazo de prescripción tributaria del art. 66 de la Ley 58/2003, General Tributaria, contado desde la última declaración calculada con ellos; después se suprimen o quedan bloqueados conforme a la letra (b). Los enlaces de acceso concedidos a un cotitular caducan en su fecha de expiración y se revocan al terminar.
El régimen de bloqueo y los derechos del interesado se detallan en la Política de Privacidad.
6.4. Resolución por el prestador. El prestador podrá resolver el contrato, previo aviso, en caso de incumplimiento grave de la cláusula 9 por el usuario, de impago persistente o de cese del servicio. En cualquiera de esos supuestos el usuario dispondrá de la misma ventana de gracia y de exportación de la cláusula 6.3.(a) —noventa (90) días naturales desde la comunicación, salvo resolución por uso ilícito manifiesto— para descargar sus datos conforme a la cláusula 6.2 antes de perder el acceso.
7. Derecho de desistimiento (solo consumidores)
7.1. A quién aplica. El derecho de desistimiento reconocido en la normativa de consumo corresponde únicamente a quien contrata como consumidor, es decir, a la persona física que actúa con un propósito ajeno a su actividad empresarial o profesional. La contratación de kontora por un empresario o profesional para su actividad, o por una sociedad, queda fuera de ese régimen y no genera derecho de desistimiento.
7.2. Plazo. Cuando el contratante sea consumidor, dispone de catorce (14) días naturales para desistir del contrato sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización, conforme al artículo 102 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007). El plazo se cuenta desde la celebración del contrato en los contratos de servicios.
7.3. Cómo ejercerlo y reembolso. Basta con comunicarlo de forma inequívoca, a través del formulario disponible en la propia aplicación o escribiendo a info@kontora.es. El prestador acusará recibo del desistimiento en soporte duradero y reembolsará todo pago recibido sin demora indebida y, en todo caso, antes de que transcurran catorce (14) días naturales desde que tenga conocimiento de la decisión de desistir, utilizando el mismo medio de pago empleado por el consumidor y sin coste alguno para este, conforme al artículo 107 del citado texto refundido.
7.4. Pérdida del derecho por ejecución inmediata. Antes de pagar el servicio del Anexo II, se solicita al consumidor una declaración separada —la Solicitud de ejecución inmediata y renuncia al derecho de desistimiento, cuarto documento versionado del servicio, cuya aceptación se anota en el mismo registro de solo adición (append-only), sin garantía adicional de inmutabilidad en base de datos, que el resto de consentimientos— con dos contenidos distintos:
- (i) Momento del consentimiento. El consumidor solicita expresamente que la ejecución del servicio comience de inmediato, dentro del plazo de desistimiento.
- (ii) Momento de la pérdida del derecho. El consumidor reconoce que, por esa solicitud, pierde su derecho de desistimiento en el momento en que comienza la ejecución del servicio, conforme a la letra m) del artículo 103 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios —suministro de contenido digital que no se presta en un soporte material—.
El prestador remitirá al consumidor, en soporte duradero, la confirmación del contrato celebrado conforme a la cláusula 14.4, con constancia del consentimiento previo y del reconocimiento anteriores.
7.5. Desistimiento cuando la ejecución ya ha comenzado y el derecho subsiste. En los contratos de servicios en los que el consumidor conserve su derecho de desistimiento —señaladamente la suscripción a kontora—, si desiste después de haber solicitado que la prestación comenzara durante el plazo de desistimiento, deberá abonar al prestador un importe proporcional a la parte del servicio ya prestada en el momento de comunicar el desistimiento, calculado sobre el precio total pactado; el resto le será reembolsado conforme a la cláusula 7.3, en los términos del artículo 108 del citado texto refundido.
8. Modelo 210 (IRNR)
El servicio de cálculo del Modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes se contrata de forma independiente de la suscripción a kontora, por declaración y con pago único. Sus condiciones particulares —precio, alcance, exclusiones y momento de ejecución— constan en el Anexo II, que forma parte integrante de estos Términos. En caso de contradicción entre el Anexo II y el articulado general, prevalece el Anexo II para ese servicio.
9. Obligaciones del usuario y uso aceptable
9.1. Veracidad y actualización de los datos. El usuario se obliga a facilitar información veraz, exacta y actualizada, tanto en el alta (identidad, NIF, domicilio fiscal, régimen) como en el uso ordinario, y a corregirla cuando cambie. La calidad de los cálculos depende directamente de ello.
9.2. Uso lícito. El usuario se obliga a usar kontora conforme a la ley y a estos Términos, y en particular a no: (a) emplear el servicio para actividades ilícitas, fraudulentas o para simular operaciones inexistentes; (b) introducir datos de terceros sin base jurídica para ello; (c) intentar acceder a datos de otros usuarios, alterar mecanismos de seguridad, aislamiento o registro, o realizar pruebas de intrusión no autorizadas; (d) descompilar, aplicar ingeniería inversa o extraer el software, salvo en lo permitido imperativamente por la ley; (e) automatizar el acceso de forma que degrade el servicio, o revender el acceso a terceros sin autorización escrita del prestador.
9.3. Custodia de credenciales y segundo factor. El usuario es responsable de la custodia de su correo electrónico de acceso, de sus claves de acceso (passkeys), de su aplicación de códigos temporales (TOTP) y de sus códigos de recuperación, así como de toda actividad realizada desde su cuenta. El segundo factor de autenticación es obligatorio para el titular de la suscripción y para el personal con rol de operador, y está disponible para el resto de usuarios; kontora no utiliza SMS como segundo factor. Las operaciones sensibles exigen una verificación reforzada de identidad (step-up), con ventana de 10 minutos. Son operaciones sensibles, y la enumeración es cerrada: alta o modificación de un IBAN; custodia, uso o revocación de certificados electrónicos y de mandatos de representación; presentación telemática ante la AEAT; envío, reenvío o anulación de registros de facturación Verifactu; gestión de miembros y roles; cambios de suscripción; y exportación íntegra de datos. El usuario debe comunicar de inmediato a info@kontora.es cualquier acceso no autorizado.
9.4. Usuarios de la cuenta. El titular responde del uso que hagan las personas a las que invite y de mantener actualizada la lista de miembros y sus permisos, revocando los accesos que ya no procedan.
9.5. Documentos y adjuntos. El usuario garantiza disponer de los derechos necesarios sobre los documentos que suba y se obliga a no subir contenidos ilícitos o ajenos a la finalidad contable y fiscal del servicio.
10. Verifactu y presentación ante la AEAT
10.1. Registros de facturación. kontora genera, para cada factura emitida y cada anulación, un registro de facturación encadenado con huella criptográfica, añadido en modo solo adición y no modificable una vez creado, con el contenido y la estructura previstos en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 para los sistemas informáticos de facturación. La emisión de una factura y su anulación son operaciones irreversibles dentro de la aplicación: una factura emitida solo se corrige mediante factura rectificativa o anulación, que a su vez generan su propio registro encadenado.
Alcance de esta afirmación. El prestador no declara disponer de certificación ni de homologación administrativa del sistema. La remisión de los registros a la Agencia Estatal de Administración Tributaria —la modalidad de remisión voluntaria conocida como «Verifactu»— no está activada en la fecha de esta versión, en los términos de la cláusula 10.2, y el prestador no compromete fecha para su activación.
10.2. Remisión a la AEAT. La remisión de registros de facturación a la AEAT y la presentación telemática no están activadas hoy; cuando lo estén, operarán únicamente con mandato de representación firmado y archivado. Mientras no concurran esas condiciones, los registros se generan y se conservan, pero no se remiten. El prestador no garantiza fecha de activación.
10.3. Presentación telemática de declaraciones. Cuando la presentación telemática esté habilitada para la empresa, kontora podrá presentar declaraciones ante la AEAT con el certificado electrónico de la propia empresa —vía (a)—, custodiado de forma cifrada en kontora por instrucción del usuario y utilizado únicamente para las operaciones que este ordene. Sin mandato de representación firmado y archivado, kontora no presenta ni remite nada en nombre del usuario.
La presentación con el certificado de kontora como colaborador social de la AEAT —vía (b)— es una vía prevista y todavía no disponible: el prestador no está adherido hoy a un convenio de colaboración social, no ofrece esa modalidad y no compromete fecha para ella; se anunciará cuando llegue a estar operativa. Puede haber ámbitos de mandato distintos (presentación de declaraciones y remisión de registros de facturación), cada uno con su propio documento.
10.4. Irreversibilidad y conformidad previa. Toda presentación ante la AEAT es irreversible: la Administración no permite anular declaraciones ya grabadas. Por eso kontora exige una confirmación expresa del usuario antes de presentar, con el detalle de la declaración y de la vía utilizada. La decisión de presentar, su contenido y su plazo son del usuario.
10.5. Ausencia de garantía sobre la Sede Electrónica. El prestador no responde de las incidencias, caídas, cambios de formato o rechazos de validación imputables a los sistemas de la AEAT, ni de los recargos, intereses o sanciones derivados de presentaciones fuera de plazo, salvo que el retraso sea directamente imputable a un fallo del servicio y así se acredite. Los recargos por declaración extemporánea los liquida la Administración conforme al artículo 27 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
11. Propiedad intelectual e industrial
11.1. Del prestador. El software kontora, su código, su arquitectura, su interfaz, su documentación, sus bases de datos estructurales, la marca «kontora», los nombres de dominio y todos los signos distintivos son titularidad del prestador o de sus licenciantes y están protegidos por la normativa de propiedad intelectual e industrial. Estos Términos no transmiten ningún derecho sobre ellos más allá de la licencia de uso limitada, no exclusiva, intransferible y revocable descrita en la cláusula 1, vigente mientras dure la suscripción.
11.2. Del usuario. El usuario conserva la titularidad íntegra de los datos y contenidos que introduce en kontora. Concede al prestador únicamente la licencia estrictamente necesaria para alojarlos, procesarlos, calcularlos, mostrarlos, respaldarlos y exportárselos, con la finalidad de prestar el servicio y durante el tiempo necesario para ello. El prestador no utiliza los datos del usuario ni los de sus clientes con fines publicitarios, ni los cede a terceros con fines comerciales, ni los emplea para entrenar modelos.
11.3. Sugerencias. Las sugerencias y comentarios que el usuario remita voluntariamente sobre el producto podrán ser utilizados por el prestador para mejorarlo, sin que ello genere derecho a contraprestación ni convierta al usuario en cotitular de la mejora.
12. Protección de datos personales
12.1. Documentos aplicables. El tratamiento de datos personales se rige por la Política de Privacidad y por el contrato de encargo del tratamiento (DPA), ambos accesibles desde la aplicación. El DPA es parte integrante de este contrato. La Política de Privacidad es información que el prestador facilita en cumplimiento del artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679: el usuario declara haberla leído, sin que esa declaración constituya un consentimiento contractual ni una base jurídica de tratamiento. Las declaraciones del usuario se recogen en el alta mediante casillas separadas y se anotan en un registro de solo adición (append-only), sin garantía adicional de inmutabilidad en base de datos, con indicación de documento, versión, fecha y usuario.
12.2. Doble posición. El prestador actúa como responsable del tratamiento respecto de: los datos de la cuenta (identidad del titular y de los miembros, correo electrónico, registros de seguridad y de consentimiento); los datos de facturación y cobro de la propia suscripción; la lista de espera (waitlist) de kontora.es; y los datos de los contribuyentes del Modelo 210 (IRNR), tanto los del titular como los de los cotitulares y demás terceros que se den de alta en el módulo de no residentes.
Respecto de los datos personales de terceros que el usuario introduce o importa en el curso de su contabilidad, el prestador actúa como encargado del tratamiento por cuenta del usuario, en los términos del DPA. Esos interesados son: clientes; proveedores y acreedores; compradores de comercio electrónico; contrapartes bancarias; perceptores de retenciones; y personas de contacto y usuarios adicionales que el Responsable invite a su cuenta —estos últimos solo en cuanto a los datos de contacto y de actividad que el Responsable asocie a su empresa, no a sus datos de cuenta, autenticación y seguridad, que quedan fuera del encargo; la delimitación se hace por dato, no por persona—.
12.3. Subencargados y otros proveedores. La lista de proveedores a los que recurre el prestador está publicada y accesible desde el DPA, con indicación de proveedor, finalidad y ubicación, y distingue dos listas separadas: (i) los subencargados del DPA, que tratan datos por cuenta del usuario —hoy Resend, Hostinger y Anthropic (reconocimiento automático de los documentos del buzón)—, y (ii) los proveedores que tratan datos de los que el prestador es responsable —hoy Stripe, para el cobro y la facturación de la suscripción—, que no son subencargados del DPA y cuyo tratamiento se describe en la Política de Privacidad. La lista se actualiza conforme al procedimiento de preaviso y oposición previsto en el propio DPA.
12.4. Seguridad. Las medidas técnicas y organizativas aplicadas se describen en la Política de Privacidad y en el DPA. La cláusula 9.3 recoge las obligaciones de seguridad que corresponden al usuario.
13. Garantías, disponibilidad y responsabilidad
13.1. Prestación conforme a la descripción. El prestador se compromete a prestar el servicio con la diligencia profesional exigible y conforme a la descripción publicada, y a corregir los defectos que se le comuniquen en un plazo máximo de treinta (30) días naturales, o en el menor que resulte razonable según la gravedad del defecto, actuando de inmediato sobre los que impidan usar el servicio. Sin perjuicio de la cláusula 13.7, no garantiza que el servicio esté libre de errores ni que sea ininterrumpido.
13.2. Sin acuerdo de nivel de servicio. El prestador no asume ningún acuerdo de nivel de servicio (SLA) vinculante: no compromete un porcentaje de disponibilidad, ni un tiempo máximo de resolución, ni indemnizaciones automáticas por indisponibilidad. Los objetivos de tiempo de respuesta del soporte asociados a cada plan son orientativos y no exigibles. El soporte se presta por correo electrónico; no se ofrece atención telefónica en esta versión. Las menciones comerciales a niveles de soporte reforzado, prioritario o dedicado describen la prioridad de atención y no constituyen un acuerdo de nivel de servicio ni generan compromisos exigibles de disponibilidad, de tiempo de respuesta o de compensación.
13.3. Mantenimiento y cambios. El prestador puede realizar tareas de mantenimiento y desplegar cambios en el servicio. Procurará avisar de las paradas planificadas y realizarlas en horas de bajo uso. Los cambios que supongan la retirada de una funcionalidad relevante se comunicarán con una antelación mínima de 30 días naturales.
13.4. Exclusiones. El prestador no responde de: (a) la inexactitud de los datos introducidos o importados por el usuario o por terceros; (b) las decisiones fiscales, contables o de negocio que el usuario adopte; (c) las consecuencias de presentar, dejar de presentar o presentar fuera de plazo cualquier declaración; (d) las incidencias de los sistemas de la AEAT, de las entidades bancarias o de otros terceros; (e) el uso del servicio contrario a la cláusula 9; (f) la pérdida de credenciales o de códigos de recuperación del usuario; (g) los supuestos de fuerza mayor.
13.5. Límite de responsabilidad. Con las salvedades del apartado 13.6, la responsabilidad total y acumulada del prestador frente al usuario por cualquier reclamación derivada de este contrato se limita a la suma de los importes efectivamente abonados por el usuario al prestador durante los doce (12) meses anteriores al hecho que la origine. Si en ese periodo no se hubiera abonado importe alguno —por ejemplo, durante la beta gratuita— la responsabilidad se limita a los daños directos efectivamente acreditados. Queda excluida en todo caso la responsabilidad por lucro cesante, pérdida de negocio, pérdida de oportunidad o daños indirectos.
13.6. Salvedades imperativas. Nada de lo dispuesto en esta cláusula limita o excluye la responsabilidad del prestador por dolo o culpa grave, por daños causados a la vida o la integridad física de las personas, ni ninguna responsabilidad que la normativa imperativa de protección de los consumidores y usuarios, o cualquier otra norma imperativa, no permita limitar. Frente a quien contrate como consumidor, las limitaciones anteriores se aplican únicamente en la medida en que sean válidas conforme al texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y a la Ley 7/1998, de Condiciones Generales de la Contratación; cualquier cláusula que resultara abusiva se tendrá por no puesta sin afectar a la validez del resto del contrato.
13.7. Garantía legal de conformidad (consumidores). Frente a quien contrate como consumidor, kontora es un servicio de contenidos o servicios digitales y le resulta aplicable, de forma imperativa, el régimen de conformidad de los artículos 114 y siguientes del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (en la redacción dada por el Real Decreto-ley 7/2021). En particular, el prestador responde de la falta de conformidad del servicio con lo pactado y con lo que el consumidor pueda razonablemente esperar, y el consumidor tiene derecho a que se ponga el servicio en conformidad y, cuando proceda, a la reducción del precio o a la resolución del contrato, sin coste. Nada de lo dispuesto en las cláusulas 13.1 a 13.6 —en particular la ausencia de garantía de funcionamiento libre de errores— excluye, limita ni condiciona esta garantía legal. Durante los periodos gratuitos (beta) esta cláusula se aplica en la medida en que la normativa la extienda a los servicios prestados sin contraprestación dineraria.
14. Modificación de estos Términos y versionado
14.1. Versión vigente. Estos Términos se publican con número de versión. La versión vigente es siempre la publicada en la aplicación, en una página accesible sin necesidad de cuenta, y el usuario puede consultarla en cualquier momento.
14.2. Cambios. El prestador podrá modificar estos Términos por alguno de los siguientes motivos, que se indicarán en la comunicación del cambio: (a) adaptación a cambios normativos o a resoluciones de autoridades o tribunales; (b) cambios técnicos o de arquitectura del servicio, o sustitución de proveedores; (c) incorporación de nuevas funcionalidades o retirada de funcionalidades conforme a la cláusula 13.3; (d) variación acreditada de los costes de prestación del servicio, en los términos de la cláusula 4.9; (e) corrección de errores materiales o mejora de la claridad del texto. No se ampara en esta cláusula ninguna modificación que altere el equilibrio del contrato en perjuicio del consumidor sin alguno de esos motivos. Los cambios meramente formales o aclaratorios se publicarán con indicación de la fecha de actualización.
14.3. Cambios materiales y re-aceptación. Cuando el cambio sea material —afecte a precios, al objeto del contrato, a los derechos del usuario, al régimen de responsabilidad o al tratamiento de datos—, el prestador subirá el número de versión del documento y lo comunicará al usuario con una antelación mínima de treinta (30) días naturales respecto de su entrada en vigor. Al acceder de nuevo a la aplicación, el usuario deberá aceptar expresamente la nueva versión para continuar usando el servicio; la aceptación anterior deja de considerarse vigente y el sistema registra la nueva. El usuario que no acepte la nueva versión podrá resolver el contrato con efecto inmediato, y el prestador le reembolsará la parte proporcional del periodo ya prepagado y no consumido, sin penalización y conservando íntegro su derecho de exportación (cláusula 6.2). Esta regla desplaza, en este supuesto, la ausencia de devolución prevista en la cláusula 6.1.
14.4. Confirmación del contrato en soporte duradero. El prestador remitirá al usuario, por correo electrónico y sin demora tras la celebración del contrato, la confirmación del contrato celebrado en soporte duradero, con el texto íntegro de estos Términos y de los demás documentos aceptados, su número de versión, la fecha y hora de la aceptación y, cuando proceda, la constancia de la solicitud de ejecución inmediata y de la renuncia al desistimiento de la cláusula 7.4, conforme al artículo 98 del citado texto refundido.
15. Idioma del contrato
Estos Términos se redactan en español. La versión española es la única vinculante. Las versiones en inglés y en ruso que la aplicación pueda mostrar son traducciones informativas y no tienen valor contractual; en caso de discrepancia prevalece siempre el texto español. Toda página que muestre el documento en un idioma distinto del español incorpora este aviso.
16. Ley aplicable, reclamaciones y jurisdicción
16.1. Ley aplicable. Este contrato se rige por la legislación española.
16.2. Reclamaciones. El usuario puede dirigir cualquier reclamación a info@kontora.es. El prestador acusará recibo de la reclamación facilitando una clave identificativa y la fecha de presentación, para que el usuario tenga constancia de ella, y responderá en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde su presentación, conforme al artículo 21 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
16.3. Jurisdicción. Cuando el usuario tenga la condición de consumidor, serán competentes los juzgados y tribunales que determine la normativa imperativa aplicable, que con carácter general son los del domicilio del consumidor. En los demás casos —usuarios empresarios, profesionales y personas jurídicas—, serán competentes los juzgados y tribunales que resulten de la ley (arts. 50 y 51 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin sumisión expresa.
16.4. Nulidad parcial. La declaración de nulidad de alguna cláusula no afectará a la validez del resto, que seguirá siendo vinculante entre las partes.
Anexo I — Catálogo de planes y precios
Informativo, a la fecha de esta versión. El precio aplicable es el que muestre la pantalla de contratación en el momento de contratar (cláusula 4.1). Todos los importes se expresan sin IVA y son por empresa; entre paréntesis se indica, para el contratante con domicilio de facturación en España, el precio total mensual con el IVA del 21 % incluido (cláusula 4.2). El precio anual equivale a diez mensualidades.
Segmento Autónomo (empresario o profesional persona física en estimación directa):
- Autónomo Solo — 15 €/mes (18,15 € IVA incl.) · 150 €/año (181,50 € IVA incl.). 1 cuenta bancaria (ficheros N43), 1 usuario, soporte por correo; sin buzón con reconocimiento automático.
- Autónomo Pro — 25 €/mes (30,25 € IVA incl.) · 250 €/año (302,50 € IVA incl.). 3 cuentas bancarias, 2 usuarios, soporte prioritario; buzón con reconocimiento automático: 100 documentos/mes.
- Autónomo Global — 35 €/mes (42,35 € IVA incl.) · 350 €/año (423,50 € IVA incl.). Cuentas bancarias sin límite, 3 usuarios, soporte dedicado; buzón con reconocimiento automático: 300 documentos/mes.
Segmento Empresa (sociedades; único segmento contratable por una sociedad, cláusula 3.4):
- Empresa Start — 39 €/mes (47,19 € IVA incl.) · 390 €/año (471,90 € IVA incl.). 3 cuentas bancarias, 3 usuarios, soporte prioritario; buzón con reconocimiento automático: 100 documentos/mes.
- Empresa Plus — 69 €/mes (83,49 € IVA incl.) · 690 €/año (834,90 € IVA incl.). Cuentas bancarias sin límite, 5 usuarios, soporte dedicado; buzón con reconocimiento automático: 300 documentos/mes.
- Empresa Premium — 99 €/mes (119,79 € IVA incl.) · 990 €/año (1.197,90 € IVA incl.). Cuentas bancarias sin límite, 8 usuarios, soporte dedicado; buzón con reconocimiento automático: 500 documentos/mes.
Incluido en todos los planes, sin límite y sin sobrecoste: el motor fiscal completo (todos los modelos disponibles en el producto), Verifactu, los avisos y el seguimiento del BOE, la facturación manual ilimitada y la contabilidad por partida doble.
Complementos:
- Pausa — 5 €/mes (6,05 € IVA incl.). Mantiene la cuenta en solo lectura con los avisos activos. No tiene modalidad anual.
- Usuario extra — 5 €/asiento/mes (6,05 € IVA incl.) · 50 €/asiento/año (60,50 € IVA incl.). Disponible en ambos segmentos.
Descuento multiempresa: la segunda empresa y siguientes del mismo plan tienen un 20 % de descuento sobre el precio de lista de ese plan (cláusula 4.4).
Buzón con reconocimiento automático de documentos (cláusula 2.4): está construido y disponible en los planes que lo incluyen, con la cuota mensual de documentos de cada plan indicada en su viñeta (los documentos que superen la cuota se guardan en el buzón sin reconocimiento automático). Los packs adicionales de documentos no están a la venta todavía: su precio está pendiente de publicación y figurará aquí antes de que pueda comprarse.
Funciones previstas y no disponibles todavía (cláusula 2.4): la conexión bancaria automática (PSD2) y la analítica avanzada de comercio electrónico figuran hoy en el catálogo como previstos y sin fecha comprometida (T1-2027; la analítica avanzada, en los planes «Empresa Plus» y «Empresa Premium»). No están construidos, no forman parte de la prestación contratada y no se han tenido en cuenta para fijar el precio de esos planes; sus cuotas y límites son una previsión. El módulo de comercio electrónico SÍ está construido y disponible desde el 5 de agosto de 2026; lo que sigue sin construir ni fecha comprometida es su analítica avanzada.
No contratables: los perfiles Comercio y Asesoría no tienen precio ni camino de compra; solo admiten registro de interés (cláusula 4.7).
Servicio independiente: Modelo 210 (IRNR) — 19,95 € por declaración, más el IVA que resulte aplicable (Anexo II).
Anexo II — Condiciones particulares del servicio «Modelo 210» (IRNR)
AII.1. Qué es. El servicio «Modelo 210» permite a un contribuyente no residente calcular su autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de no Residentes por la renta imputada de inmuebles urbanos situados en España. Se contrata de forma independiente de la suscripción a kontora, sin necesidad de plan, y se paga por declaración. Su destinatario natural es un contribuyente no residente en España, por lo que a este servicio no se le aplica la limitación de domicilio de facturación en España de la cláusula 3.6, que rige solo para la suscripción SaaS.
AII.2. Qué entrega kontora — servicio de autoservicio. kontora calcula la declaración y entrega al usuario todos los datos listos para copiar en el formulario de la Sede Electrónica de la AEAT, casilla por casilla, junto con las instrucciones de pago. kontora no presenta el Modelo 210 en nombre del usuario ante la AEAT. La presentación la realiza el propio usuario, que obtiene su justificante directamente de la Sede; el código seguro de verificación (CSV) solo se genera en la presentación telemática, que hoy no forma parte de este servicio.
AII.3. Precio. 19,95 € por cada declaración, más el IVA que resulte aplicable según la residencia del contratante, que se muestra desglosado antes del pago. El precio es plano: no hay descuento por inmueble adicional ni por cotitular. Cada inmueble y cada cotitular constituyen una autoliquidación distinta, porque las rentas imputadas no se agrupan en un único modelo, conforme a la Orden EHA/3316/2010, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Ejemplo: un matrimonio propietario al 50 % de vivienda, plaza de garaje y trastero presenta 6 declaraciones y abona 6 × 19,95 € más el IVA aplicable. La aplicación muestra el recuento de declaraciones, el desglose del importe y el total con impuestos antes del pago, y el usuario lo confirma expresamente (cláusula 4.2).
AII.4. Ejecución inmediata. El servicio se ejecuta y se entrega inmediatamente después del pago. Por ello, cuando el contratante sea consumidor, se le solicita antes de pagar la solicitud expresa de ejecución inmediata y el reconocimiento de la pérdida del derecho de desistimiento, en los términos y con el momento de pérdida que fije la cláusula 7.4. Si el consumidor desiste después de solicitar la ejecución inmediata pero antes de que el servicio esté completamente ejecutado, se aplica la regla del importe proporcional de la cláusula 7.5.
AII.5. Fuera de alcance. Este servicio no cubre, y requiere una declaración distinta que kontora no presta hoy:
- la ganancia o pérdida patrimonial derivada de la venta o transmisión del inmueble durante el ejercicio;
- los periodos en que el inmueble haya estado alquilado (los días de arrendamiento tributan aparte);
- los inmuebles en régimen de multipropiedad o aprovechamiento por turno;
- las solicitudes de devolución, y la aplicación de convenios de doble imposición más allá del tipo general que la propia aplicación aplica según la residencia declarada;
- cualquier renta distinta de la imputación de rentas inmobiliarias urbanas.
AII.6. Plazos y recargos. kontora advierte en pantalla cuando el plazo voluntario del ejercicio ha terminado: la presentación será extemporánea y la Agencia Tributaria liquidará, además de la cuota, el recargo que corresponda conforme al artículo 27 de la Ley 58/2003, General Tributaria. Regularizar sigue siendo lo correcto, pero el recargo es ajeno al servicio y no da derecho a reembolso.
AII.7. Datos aportados por el usuario. El cálculo se basa en los datos que aporta el usuario (referencia y valor catastral, porcentaje de titularidad, fechas, residencia fiscal) y en información municipal que kontora no puede verificar de forma independiente —por ejemplo, si el valor catastral del municipio ha sido revisado en los diez últimos periodos, lo que determina el porcentaje aplicable—. kontora advierte de esos supuestos en pantalla; si el usuario aporta el dato correcto, kontora recalcula.
AII.8. Responsabilidad. Se aplica el régimen de la cláusula 13, con la precisión de que el usuario es el obligado tributario y el responsable de la presentación, del pago y del plazo.